Sobre la Asociación Civil
Río Paraná

DIFUSION DE PRINCIPIOS Y VALORES DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

La Constitución tiene dos aristas bien definida la jurídica, consistente en el reconocimiento de los derechos y libertades, anuncios de las garantías para la protección, y el funcionamiento de la organización nacional con la finalidad de proteger a los hombres, según es enunciado en el Preámbulo de la Constitución de Argentina “…con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia”.

La otra es la realidad, consistente en la aplicación práctica, tanto para el logro del mentado bienestar, como para que se efectivicen los remedios procesales, cuando median agravios a las personas o debe recurrir a diseñar tributos para obtener los recursos que permitan satisfacer las necesidades de las personas y la sociedad en su conjunto. Y así cumplir el Estado, con las obligaciones de proteger a las personas asumidas al adherir y ratificar los Tratados Internacionales. Estas particularidades del magno orden jurídico requieren de un absoluto respeto por parte de las personas y un acatamiento ineludible de los gobiernos. La efectividad será plena cuando mayor fuere el conocimiento y la concientización en la población, motivo más que suficiente para diseñar y llevar adelante este proyecto de “Difusión de la Constitución Nacional”, el cual por distintas razones es aplicable en otros países de América.

Responsables del Proyecto:
• COHAN, Alberto: Contador Público, Doctor en Economía, presidente de ASOCIACION CIVIL RIO PARANA
• OBARRIO LANGDON, Carolina: abogada argentina radicada en Estados Unidos, con ciudadanía estadounidense; miembro de la NATIONAL SOCIETY DAUGHTERS OF THE AMERICAN REVOLUTION (NSDAR)
• VEGA, Gerardo Enrique: Contador Público UNLP y Magister en Derecho U Austral, integrante de la ASOCIACIÓN CIVIL RÍO PARANÁ


Motivaciones:
La idea es propiciar la internalización de la Constitución Nacional en la Sociedad, en el ciudadano común, porque se advierte, por encuestas sociales realizadas en la Argentina que existe un desconocimiento de los contenidos de la Constitución, motivo por el cual se entiende necesario desarrollar una política de concientización de esos contenidos. La Constitución debe ser práctica, es decir, asociar los derechos, libertades y garantías a las situaciones o acontecimientos cotidianos. El fin, lograr una vinculación entre la norma abstracta enunciada en la Constitución con la actividad diaria de las personas. El conocimiento de la Constitución por las personas, permitirá entender el funcionamiento del Estado, los derechos y libertades, como, también garantías y deberes de las personas. Aprender que “el Estado es de todos y de cada uno”, y no que “el Estado es de todos y no es de ninguno” desprendiéndose la persona, como integrante de la comunidad, del interés de cuidar el Estado. El cuidado del Estado implica para las personas apreciar y entender el vínculo que lo une a los funcionarios, que estos son mandatarios, son servidores públicos; en suma, ese vínculo es una relación de mandato, donde la persona es mandante, y como tal, si bien tiene derechos, también tiene responsabilidades y obligaciones, tanto respecto a su propio ser, como respecto a sus congéneres y a las generaciones futuras (ejemplo: cuidado del medio ambiente). Las responsabilidades de las personas consisten en controlar la cosa pública, que significa solicitar que los representantes informen sobre su desempeño, como las dificultades que pudieran encontrar, fuera por ser minoría, o porque circunstancias económicas o sociales del país dificultan lograr las premisas para la cual fue elegido. El ciudadano debe asumir como responsabilidad el control de la idoneidad moral y cognoscitiva de los funcionarios, especialmente, de quienes son designados por el voto del pueblo. El objetivo de la concientización de la Constitución posibilita cultura cívica para los pueblos, y un pueblo culto aumenta su capacidad de discernir, de leer los mensajes de los gobernantes, de distinguir entre el eufemismo engañoso contenido en las expresiones gubernamentales y el discurso honesto, probo, direccionado a los intereses de la sociedad. Este se entiende que puede ser un camino que limite a las demagogias, que con engaños o aprovechando errores en las políticas gubernamentales precedentes conforman mensajes atrayentes para una sociedad ansiosa de soluciones, pero, que, en verdad, solo aspiran a lograr el poder para satisfacer las ambiciones de los grupos de pertenencias.


Nuestra Máxima

“Por más egoísta que quiera suponerse al hombre, evidentemente hay algunos elementos en su naturaleza que lo hacen interesarse en la suerte de los otros de tal modo, que la felicidad de éstos le es necesaria, aunque de ello nada obtenga, a no ser el placer de presenciarla.”

— Adam Smith, Teoría de los Sentimientos Morales

Nuestro presidente:
Alberto Cohan